Los Centros de Especiales de Empleo (CEE) se rigen reglamentariamente por el RD2273/1985, que posteriormente ha sufrido diversas modificaciones y en esencia tienen los objetivos fundamentales:

  • Generar y gestionar empleo como vía de integración socio-laboral para personas con discapacidad.
  • Ofrecer una respuesta integral a las empresas que desean fomentar el empleo a personal con discapacidad, ayudándolas a alcanzar el número de empleados de este colectivo que la ley exige, que para empresas de 50 o más trabajadores es del 2% y para las Administraciones Públicas alcanza el 5%.

 Centro Especial de Empleo autorizado por la Comunidad de Madrid.

Son múltiples las ventajas que ofrece la contratación de nuestros servicios

VENTAJAS PARA LAS EMPRESAS

  • Cumplir la normativa en materia de inserción de trabajadores con discapacidad
  • Los trabajadores son contratados por el Centro Especial de Empleo
  • Reducción de costes laborales para las empresas clientes
  • El CEE se encarga de la selección del personal (se aporta una terna para que la empresa cliente elija el trabajador más adecuado).
  • Todos los tramites laborales, y por tanto el pasivo laboral, corre a cargo del Centro Especial de Empleo.
  • Seguro de Responsabilidad Civil a cargo del Centro Especial de Empleo (300.000€).
  • Figura del Coordinador en cada empresa por parte del CEE que favorece la adptación al puesto de trabajo.

VENTAJAS PARA TRABAJADORES

  • Alta en Seguridad Social en la plantilla del Centro Especial de Empleo.
  • Contrato laboral con el Centro Especial de Empleo.
  • Alta en la Mutua de AT.
  • Elaboración y pagos de la nómina.
  • Formación en Prevención de Riesgos Laborales y Protección de Datos.
  • Prestaciones en salud laboral (reconocimientos médicos obligatorios)
  • Formación continua en el desempeño del puesto de trabajo.
  • Bonificaciones en seguros de vida y seguros de salud.
  • Posibilidad de recolocación del trabajador en caso de cese en el puesto de trabajo

Un aspecto importante a valorar por las empresas son las sanciones que la ley determina para aquellas compañías que no alcancen el ratio de personal discapacitado. Sanciones que van desde la pérdida de bonificaciones y la imposibilidad de acceso a ayudas, hasta la incapacidad para presentar ofertas en concursos públicos.

Política del Sistema de Solidea Magna Cee de conformidad con la normativa ISO 9001

DOC291